A veces llegan esas facturas en las que no estamos conformes, cantidades más altas de lo que esperábamos, desacuerdos con las corporaciones o discordias con las coberturas.
Vamos a ver dos situaciones comunes en las que se suelen devolver los recibos.
Compañías eléctricas
Una vez llega la factura de la luz, se dispone de 20 días para efectuar el pago. Si a los 2 meses sigue sin estar abonado el recibo, con previo aviso, la compañía de la luz cortará el suministro.
Si más adelante, necesitas volver a dar de alta la luz, deberás satisfacer la deuda más los intereses generados, y aparte, asumir el coste de la reconexión eléctrica. Una vez realizado esto, deben reconectarte en unas 24 horas o antes.
En el caso de no estar conforme con un recibo, lo aconsejable es pagar la factura y después reclamar de manera amistosa a la compañía eléctrica. Si no se obtuviese respuesta, podrás hacer la reclamación por la vía legal.
Impagos en el seguro
En primer lugar, los seguros se pagan de forma anticipada, por lo que se suele pagar el año por adelantado, notificándote de la renovación de este 2 meses antes, ya sea por carta o e-mail.
¿Qué pasa si lo dejo de pagar?
La empresa aseguradora te dará un mes de gracia manteniendo la cobertura, y si sigue sin pagarse te avisarán para intentar cobrarte, en caso de negativa, el seguro dejará de cubrirte.
Es decir, en el caso de los seguros simplemente se rescinde el contrato y se deja de cubrir al asegurado.
Cuidado con los seguros que son obligatorios, como el del coche, el no llevarlo al día te supondrá una sanción económica y estarás desprotegido en caso de accidente.
En los 6 meses siguientes al vencimiento de la prima, la compañía tiene derecho a reclamarte la deuda, y en la mayoría de los casos no tomará más acciones, dando por finalizado tu seguro.